Número de edición 8328
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Enfoque: Fiscal pide prisión preventiva para madre que mató a su hijo

LOPEZ CARRIBERO

El fiscal de instrucción que interviene en la causa de la mujer que desde hace pocos días está acusada de matar a su pequeño hijo, solicitó al Juez de garantías que dicte la prisión preventiva de la misma, por considerar que hay elementos de prueba suficientes para entender que la madre quede afectada a la causa, y para la eventual realización de un juicio oral,donde se establezca definitivamente su responsabilidad, ó su falta de comprensión en la criminalidad del acto. Ahora la decisión la tiene el juez.

Por: Hugo LopezCarribero

Abogado penalista

Cambió amor por odio

En este marco, el odio reemplazó al amor maternal, en el mismo marco lapasión, entendida como la emoción intelectualizada prolongada y sostenidaen el tiempo, arrastró tras de sí la personalidad oculta, y alterógroseramente la conducta de la madre. La que debía dar vida, la quitó. Eneste sentido se expresó el distinguido médico psiquiatra Miguel Maldonado.

Pero además esta acusa de haber matado a su hijo con alevosía.La alevosía comprende el modo de matar a traición, sin que el que mata se exponga en absoluto.

Es el empleo de medios, modos o formas en la ejecución del hecho delictivo, todo en cuanto tiendan directa y especialmente a asegurar lamuerte deseada, sin riesgos para el autor.

Es necesario e indispensable que la víctima se encuentre en el más llanoestado de indefensión a través del cual no puede oponer resistenciaalguna, por lo cual el sujeto activo no ha de tener riesgo alguno durantela ejecución del hecho.

Para algunos autores la existencia de la alevosía ha de tener lugar,igualmente, en los casos en que existieran posibilidades mínimas deresistencia, pero que las mismas sean conocidas por el autor sin que elloproduzca grandes riesgos, y sobre la base de ello actúe.

Es muy común que la indefensión sea generada por la inadvertencia de lavíctima o de los terceros respecto del ataque, lo cual no descarta que laindefensión en cuestión haya sido provocada por el sujeto activo.

Es necesario que evidentemente el autor obre sobre seguro, esto es sinriesgo alguno por parte del accionar de la víctima o de terceros con elpropósito de oponerse o rechazar la agresión.

Ese aprovechamiento indigno, esa serena y fría deliberación del agente eslo que el legislador ha tenido en cuenta para calificar la muerte, en elartículo 80 del Código Penal.

Por ello es que uno de las más clásicas muestras de la existencia de laalevosía se encuentra en el hecho en que se mata a traición, sin riesgo esdecir sobre seguro y hasta con astucia, para que de esta manera seaproveche, o se procure el estado de indefensión de la víctima.

De ello puede inferirse que si el damnificado ha tenido la oportunidadbien representada de advertir la agresión, como por ejemplo si el ataquese produjo cara a cara, no puede concluirse que la víctima no tuvieraoportunidad atendible de defensa, por lo cual el homicidio no es alevoso.

Alevosía sin premeditación

Lo anteriormente dicho, ha llevado a algunos autores a sostener que laalevosía se asimilaba a la premeditación.

Sin embargo esto no es así. Efectivamente, hoy sabemos que puede existiralevosía sin premeditación , por ejemplo en el caso en que el sujeto seencuentre escondido con la intención de cazar un animal y en ese mismomomento pasa por allí una persona a quien el cazador odia y decide matarloaprovechando su situación y obrando con alevosía, pero sin premeditación.

Por otra parte también puede ocurrir que una persona haga planes paramatar a su enemigo, estudie sus movimientos durante varias semanas, en finrealice todo tipo de premeditación, y sin embargo con posterioridad lomata cuando menos esperaba hacerlo y actuando de frente, en un clarohomicidio simple.

La premeditación por sí sola no es, en la normativa legal vigente, unacircunstancia agravante del homicidio, salvo que exista un concurso premeditado con dos o más personas, pero es esa otra cuestión que nadatiene ver con la alevosía o con la premeditación a secas, en tal sentidonos remitimos al capítulo octavo, donde estudiamos la pluralidad deautores en el homicidio, y en especial a nuestro artículo “La pluralidadde autores en el delito de homicidio”, publicado en la Revista del Colegiode Abogados de Morón, año V, número 2, página  46.

Pero ha de tenerse presente que, como expresáramos con anterioridad, laemboscada no es el único tipo en la actuación de la alevosía, sino quetambién existe la circunstancia calificativa cuando la víctima seencuentra durmiendo, enferma o totalmente indefensa. Ante talessituaciones el autor no necesita actuar por medio de un emboscadaigualmente existe la calificación del homicidio. Pero también es ciertoque para la existencia de la alevosía es necesario que el autor conozca lasituación de indefensión de la víctima, y por ello actúe.

Caso testigo

Hace aproximadamente veinte años, la Cámara del Crimen de la CapitalFederal resolvió un caso: una persona había chocado mientras conducía suautomóvil, aturdida se encontraba sentada en el cordón de la veredatratando de reponerse del golpe que había sufrido en la cabeza, en esemomento pasó por allí un sujeto que estaba enemistado con el accidentado,dándole muerte mediante una puñalada.

La Cámara condenó al autor por homicidio con alevosía, pues entendió queel aturdimiento de la víctima generó en ella un estado de indefensión yello fue determinante para el accionar ilícito del procesado.

En otra oportunidad se trataba de un sujeto que pretendía vivir con lamujer de su vecino. Ante ello y sabiendo que el esposo de su amante seencontraba atravesando una situación económica difícil le propuso rezarjuntos a la media noche en un lugar descampado donde nadie pudieramolestarlos. Así fue como una vez en el lugar, y estado la víctimaarrodillada, el sujeto le disparó un tiro en la nuca matándoloinstantáneamente.

La Cámara también entendió que en el hecho existió alevosía por elevidente engaño y el estado de indefensión que de ello derivó.

Por eso también hay alevosía cuando, por ejemplo, el sujeto hiere a lavíctima por la espalda, sin que esta última pueda apercibirse a tiempo delataque para defenderse o buscar algún reparo. También cuando el sujetoefectúa disparos contra la víctima que se encontraba de espaldas, ya quede esta manera el imputado toma a su víctima desprevenida e indefensa.

También hay alevosía cuando, el procesado, obra con astucia, medianteengaño, procurando una celada.

Se desprende claramente de lo dicho que para la existencia de la alevosíase debe observar la necesaria presencia del elemento psicológico quecaracteriza el actuar del sujeto.

No es suficiente que el agente actúe sin riesgo para sí, ocultando supersona en la emboscada, o haciéndose amigo de la víctima para luego darlemuerte abusando de su confianza. Es indispensable que el autor sepa queobra cobardemente, a traición con engaño, y que de otra manera no podríahaber matado, al menos en ese momento y lugar.

La doctrina, casi en forma generalizada, entiende que la exigencia típicaconsiste en el ánimo de aprovechamiento de la indefensión de la víctima,constituye así un elemento subjetivo del tipo distinto del dolo, toda vezque la sola existencia de la indefensión del damnificado no alcanza parael perfeccionamiento de la tipicidad penal.

Es así que la alevosía requiere una situación de indefensión de lavíctima,  como requisito típico objetivo aunado al conocimiento de esasituación en el tipo subjetivo (dolo), y además un elemento del ánimodelictivo o disposición interna del agente que consiste en aprovecharse detal indefensión para cometer el delito (elemento psicológico).

La alevosía consiste en matar o lesionar procurando o aprovechando unestado ocasional de indefensión de la víctima para actuar sin riesgopersonal, medie o no premeditación. La agravante de la alevosía se definepor el elemento subjetivo, que requiere por parte del sujeto activo elocultamiento de la intención criminal para ejecutar el homicidio conseguridad, sin riesgo, precediendo con cautela y sobre seguro, en formapérfida, atacando de improvisto, a traición o sorpresa, cuando la víctimase halla desprevenida o indefensa. Así, es indispensable que esta situación de ventaja haya sino buscada, procurada o aprovechada por el agresor.

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