Número de edición 8395
Opinión

Comunidades aborígenes… Respetamos sus valores y costumbres ancestrales?

Juan_Amarilla

Por Dr. Juan Carlos Amarilla
Jcamerica2002@yahoo.com.ar

La Ley N° 23.302, sobre Política Indígena y Apoyo a las comunidades Aborígenes, lleva ya desde su sanción (30/9/1985), más de 27 años de vigencia y comenzó a regir para todos los argentin@s el 8/11/1985.
Para una mayor comprensión de la misma y cual es en definitiva el objetivo de está nota, estos son sus OBJETIVOS (art. 1°):
· Declárase de interés nacional la atención y apoyo a los aborígenes y a las comunidades indígenas existentes en el país;
· Defenderlos y ayudarlos a desarrollarse para su plena participación en el proceso socioeconómico y cultural de la Nación;
· Respetando sus propios valores y modalidades.
· Implementándose planes que permitan su acceso a la propiedad de la tierra y el fomento de su producción agropecuaria, forestal, minera , industrial o artesanal en cualquiera de sus especializaciones;
· Para todo lo anterior se deberán preservar sus pautas culturales en los planes de enseñanza y la protección de la salud de sus integrantes.

Para los jóvenes 30 años de Democracia, que recién cumpliremos el 10 de diciembre de este año; parecía allá por 1985 muy ambiciosa esta ley, pero se ha avanzado y mucho desde entonces a la fecha; seguramente nunca será completa la apreciación y el respeto que nuestros pueblos originarios se merecen de parte nuestra, pero hay que seguir.

En estos días que en los medios periodísticos aparecen hechos de violencia donde hay víctimas fatales de comunidades de pueblos originarios (qom, etc.-) , no se puede creer que sigan existiendo focos de violencia o de discriminación al de otra raza, al que piensa distinto, al que tiene culturas distintas, pero los hay, y hay que desterrarlos de una buena vez, usando este término destierro, fue lo primero que los pueblos originarios perdieron: sus tierras.

En todo el mundo hubo y hay pueblos originarios, cuando nada de la civilización existía, los pueblos aborígenes ya estaban en la Madre Tierra milenariamente, y Argentina tenia naciones enteras de pueblos originarios, que vivían de la caza, la pesca, posteriormente y con los avances del hombre blanco, se fueron o los fueron “aggiornando” y en nuestra Patagonia por ejemplo los aborígenes de la nación Tehuelche, se dedicaban a la caza de guanacos y avestruces y las intercambiaban por alimentos (queso, manteca, pan , harina, trigo) con la importante colonia galesa del sur de nuestro país (corría el año 1870). (fuente: Pueblos y fronteras N°4 Año 4, 2003, página 4 a 7,).

Los Quilmes

Pero no todas fueron rosas para los pueblos originarios, así como en Salta hoy se encuentran las ruinas –bastante bien conservadas- de la Nación de los Quilmes, lo que fue una civilización muy avanzada resistió por más de 500 años (por un lado a los Incas y por el otro a los conquistadores españoles), luego fueron vencidos porque los hambrearon y le quitaron el elemento vital: el agua, que era la base económico-productiva de esa nación .Otros pueblos guerreros “amigos” de los conquistadores los entregaron y así ese pueblo diezmado de miles y miles de hombres, mujeres, niños y ancianos, fueron traídos a pie –si es muy cruel- desde la provincia de Salta, al conurbano bonaerense, precisamente donde hoy esta el partido de Quilmes, lleva ese nombre por haber recalado allí, los no más de algunos centenares de sobrevivientes que terminaron en misiones religiosas.

Argentina ha tenido y tiene aún descendientes directos de pueblos originarios (patagones, tehuelches, comechingones, mocovies, onas, pampas, guaraníes, mapuches, incas, diaguitas, etc.), todo el NEA, el NOA, región de Cuyo, la Patagonia, inclusive algunos descendientes de pueblos originarios viven o sobreviven en el conurbano bonaerense, arrastrados en los años 1880 en adelante por las migraciones internas.

La Argentina y la región fueron madurando y aceptando –no podía ser de otra forma- la mezcla de razas, etnias, culturas y religiones, y la participación de los pueblos originarios en la política, hoy vemos a Evo Morales Presidente de la República Plurinacional de Bolivia, a Ollanta Humala Presidente de la República del Perú, otro mandatario peruano de origen indígena fue Toledo, y así seguramente habrá más de un presidente en la región y el mundo, de raza aborigen.

La representación

Obviamente en las gobernaciones, intendencias, alcaidías, legislaturas, congresos y asambleas nacionales, de la Argentina y de América Latina están bastante bien representados los pueblos originarios.
Pero volviendo a la ley 23.302 y a lo que primero yo decía que perdieron sus tierras, es improbable que hubiera ocurrido lo contrario, el mundo desarrollado, que debiera ser 100% sustentable avanza y necesita territorio, pero lo preocupante es que en la mayoría de las naciones del mundo diezmó o directamente aniquiló a las naciones originarias, así es que esta ley creo yo, que tratando de llevar algún tipo de reparación a los dueños originarios de las tierras estableció en su artículo 7°.Adjudicación de las Tierras. Dispónese la adjudicación de la propiedad a las comunidades indígenas existentes el país, debidamente inscriptas, de tierras aptas y suficientes para la explotación agropecuaria, forestal, minera, industrial y artesanal, según las modalidades propias de cada comunidad. Las tierras deberán estar situadas en el lugar donde habita la comunidad o, en caso necesario en las zonas próximas más aptas para su desarrollo…

Esta ley por su artículo 5° creó el Instituto Nacional Indigena, que entre otras funciones tiene la de llevar un registro nacional de Comunidades Indígenas; implementar el sistema adecuado y adjudicar las tierras, asegurarles salud, educación (según sus costumbres), asesorarlos en materia legal, de fomento y producción,etc.-

En su artículo 22° legisla sobre derechos previsionales (jubilaciones y pensiones, aún las pensiones graciables).(fuente: http://www.infoleg.gov.ar).
En el Diario Resumen Latinoamericano de mayo-junio 2010 (www.resumenlatinoamericano.org) , reza un título: Hoy, nuestra Madre Tierra está herida y el futuro de la Humanidad está en Peligro”:
“….Para enfrentar el cambio climático debemos reconocer a la Madre Tierra como la fuente de la vida y forjar un nuevo sistema basado en los principios de:
· Armonía y equilibrio entre todos y con todo.
· Complementariedad, solidaridad, y equidad.
· Bienestar colectivo y satisfacción de las necesidades fundamentales de todos en armonía con la Tierra Madre.
· Respeto a los Derechos de la Madre Tierra y a los Derechos Humanos.
· Reconocimiento del ser humano por lo que es y no por lo que tiene.
· Eliminación de toda forma de colonialismo, imperialismo e intervencionismo.
· Paz entre los pueblos y con la Madre Tierra.

(Resumen del Manifiesto de conclusión de la Conferencia Mundial de los Pueblos sobre el Cambio Climático y los Derechos de la Madre Tierra, Cochabamba, Bolivia 22 de abril de 2010).

Es importante destacar que de los puntos anteriores claramente surgen los derechos y obligaciones que tienen no solamente los pueblos originarios, sino también las obligaciones de los Estados partes de dicha conferencia mundial, hacía sus pueblos originarios, por supuesto Argentina también integró e integra dichas conferencias mundiales.
Volviendo a nuestra ley 23.302 , cabe destacar que a la fecha ha tenido una sola modificación de relevante importancia: por la ley N° 25.799 del 5/11/2003, se le realizaron las siguientes mejoras:
ARTICULO 1º — Modifícase el artículo 23 del Capítulo VIII de la Ley 23.302 sobre Política Indígena Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 23: El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas gestionará la habilitación de planes especiales para la construcción de viviendas rurales y urbanas para los titulares de las tierras adjudicadas por esta ley, ante organismos nacionales, e internacionales que desarrollen planes habitacionales de fomento.

ARTICULO 2º — Incorpórase al Capítulo VIII de la Ley 23.302, el artículo 23 bis, el que quedará establecido con el siguiente texto:
Artículo 23 bis: Promuévese en el marco de la presente ley, la conservación de la cultura e inserción socioeconómica de comunidades aborígenes, considerando los siguientes aspectos relacionados con la generación de la infraestructura social básica y el posicionamiento económico de base primaria:

a) Desarrollo de nuevas destrezas aplicables a los proyectos sociales, a través de la capacitación laboral;
b) Incorporación de mano de obra propia; y
c) Desarrollo de la cultura y fomento de la autogestión comunitaria; y
d) Respeto y adaptación de las técnicas y costumbres de cada comunidad
De prosperar los cambios tanto de los ciudadanos no originarios, como de los ciudadanos originarios de cualquier nación, particularmente la nuestra, no tendríamos que estar leyendo o viendo en medios TV, Internet, etc, como se lastima o se producen víctimas fatales en las comunidades aborígenes y las vueltas de las fuerzas de seguridad y la velocidad menor en las investigaciones judiciales; porque si pretendemos integrarnos, también debemos desde los gobiernos federales y provinciales y obviamente locales, generar cambios culturales, de formación, de inclusión, de un ida y vuelta entre el pueblo – gobierno – pueblo, si las agencias gubernamentales, sean preventivas o punitivas en materia de justicia y seguridad no cambian, difícilmente podremos integrar y ayudar a nuestros hermanos de los pueblos originarios.

Publicaciones relacionadas

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Botón volver arriba

Descubre más desde

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo

Descubre más desde

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo