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Por decreto las operaciones con criptomonedas deberán pagar impuesto

Por decreto las operaciones con criptomonedas deberán pagar impuesto

En una nueva columna en materia económica y financiera del Diario NCO, el periodista Darío Banga, informó sobre el decreto que publicó en el Boletín Oficial el Poder Ejecutivo este miércoles sobre la regulación a las operaciones con criptomonedas.

DÉBORAH N. GONZALEZ

“Las operaciones con criptomonedas estaban libres, es decir que no se pagaban impuestos por tener esos activos. El Gobierno a través del decreto le pone una regulación a través de un impuesto a los créditos y débitos de las cuentas bancarias o impuesto al cheque”, comunicó Banga.

En esta misma línea, agregó: “Lo resolvió y decretó el Poder Ejecutivo porque es necesario adecuar una normativa relativa al tratamiento impositivo de los nuevos actores. Busca un equilibrio fiscal para la competencia dentro de los activos”.

El decreto 796/2021 publicado este miércoles en el Boletín Oficial da vigencia a la Ley de Competitividad que data desde marzo de 2021 y sus modificaciones, y que reglamenta el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras operatorias. Esto es, el gravamen comúnmente conocido como el impuesto al cheque.

Según lo establecido, entre otras consideraciones el Gobierno incluye en este gravamen a las operaciones con criptomonedas.

Ello figura en el artículo 7° de la norma, que incorpora como anteúltimo párrafo del artículo 10 del Anexo del Decreto N° 380 del 29 de marzo de 2001 y sus modificaciones el siguiente texto: “Las exenciones previstas en este decreto y en otras normas de similar naturaleza no resultarán aplicables en aquellos casos en que los movimientos de fondos estén vinculados a la compra, venta, permuta, intermediación y/o cualquier otra operación sobre criptoactivos, criptomonedas, monedas digitales, o instrumentos similares, en los términos que defina la normativa aplicable”.

¿Cuánto se paga?

“Argentina es uno de los países donde se incrementaron las operaciones con criptomonedas. En este caso se puso la lupa sobre eso y cobrar un impuesto. Para las personas físicas, las condiciones generadas por compra y venta el 21% de IVA por lo tanto una persona humana cobra una comisión digital estará alcanzada por el IVA”, explicó el periodista.

Además, precisó: “Entre las diferencias de compra y venta se pagará impuesto a las ganancias si la operación se hace en el país, ya que AFIP la considera fuente de renta sino fuente extranjera”.

“Para bienes personales las criptomonedas son consideradas como activos y abonan el gravamen si en conjunto con otros activos superan el mínimo no imponible”, remarcó Banga.

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