Número de edición 8410
Generales

Sandoval Priscila Carmen Ayelen s/Abrigo

diarioncoDIARIO N.C.O., EDICIÓN DEL DÍA MARTES 08 DE AGOSTO DE 2023.-

EDICTO

El Juzgado de Familia N° 5, del Departamento Judicial La Matanza, sito en la calle Eizaguirre
2671, de la localidad de San Justo, Pdo. La Matanza, a cargo interinamente de la Dra. Maite
Herran, Secretaria Única, dispone en los autos caratulados » Sandoval Priscila Carmen Ayelen
s/Abrigo LM38261-2021 « notificar a la Sra. Elizabeth Beatriz Sandoval DNI N°37342520 y al Sr.
Anibal Abel Rodriguez DNI N°26891571, por medio de la presente la siguiente resolución: «San
Justo, 12 de Julio de 2023, …Y VISTOS…Y CONSIDERANDO…RESUELVO: I.- Declarar
Judicialmente en ESTADO DE ABANDONO a PRISCILA CARMEN AYELEN SANDOVAL, DNI
52034202, de nacionalidad argentina, nacida el día 20 de Enero de 2012 , hijas de la Sra.
Elizabeth Beatriz Sandoval y del Aníbal Abel Rodriguez (art. 607 inc. «c» del C.C. y C.N, y la CIDN
que convoca en primer lugar al principio rector denominado «Interés Superior del Niño» (debiendo
puntualizarse que configura el orden primario), art. 75 inc. 22 de la CN).- II.- Colocar a PRISCILA
CARMEN AYELEN SANDOVAL, DNI 52034202 en condición de Adoptabilidad (Art. 607 y ccdtes
del Código Civil y Comercial). En función de ello, procédase a insertar la modificación del Estado
Registral de la misma en el sistema informático FASE 2 en la pagina
http://adopciones.scba.gov.ar/inscripciones.aspx. III.- REGISTRESE.- IV.- NOTIFIQUESE.
Hágase saber a la Asesora de Menores interviniente que la presente resolución y la dictada en
fecha 20/04/2022 y su prorroga, esta es, la legalidad de la medida adoptada por el SLPPDN
deberán ser notificadas por edictos, los que se publicarán por el término de DOS días en el diario
NCO, para que en el término de 5 (cinco) días comparezcan a estar a derecho y conteste
conforme a lo dispuesto en los arts. 354 ,480 y 484 del C.P.C.C. bajo apercibimiento de ley. Otro
auto: San Justo 30 de marzo del 2022..AUTOS y VISTOS ….CONSIDERENDO..RESUELVO: I.-
Decretar la legalidad de la medida de abrigo adoptada por el Servicio de Protección Local,
conforme los términos de la Ley 13.298 y su mod. Ley 14.537; y la Convención de los Derechos
del Niño.- II.- Hágase saber a Elizabeth Beatriz Sandoval y a Anibal Abel Rodriguez, que deben
presentarse en autos con debido patrocinio letrado (art.56 del CPCC.), el que podrá solicitarse,
en caso de carecer de medios económicos en la Defensoría Oficial Departamental en turno, a laque podrá consultarse, por las vías alternativas habilitadas -comunicándose por la aplicación
WhatsApp al número 1128841403 o por correo electrónico a la casilla de e-mail
consultascivil.lm@mpba.gov.ar, o presencialmente en la calle Almafuerte 3133 San Justo, o al
patrocinio gratuito del Colegio de Abogados de La Matanza, por correo electrónico a la casilla de
e-mail patrociniogratuito@colegiodelamatanza.com, sito en Villegas 2008 de San Justo.
Asimismo deberán dentro del quinto día de notificados de la presente providencia constituir
domicilio procesal en el perímetro del Juzgado; ello, bajo apercibimiento de tener por constituido
el domicilio procesal en los Estrados del Juzgado» Maite Herran JUEZ..Otro auto..»San Justo 30
de septiembre de 2022…AUTOS Y VISTO Y CONSIDERANDO….RESUELVO: 1) Prorrogar la
medida de abrigo adoptada respecto de la niña de autos hasta el día 04/11/2022, fecha en la que
se cumple un año de la adopción de la medida de abrigo, debiendo permanecer Priscila a
resguardo en el Hogar Convivencial Madre Teresa de Calcuta, sito en la calle Sobral 1237, de la
localidad de Quilmes. 2) Hágase saber al SLPPDN que la fecha límite para entregar el informe
final del P.E.R. resulta ser el 04/11/2022, bajo apercibimiento de dar intervención al organismo de
Niñez correspondiente a cuyos fines, líbrese oficio. 3) Procédase a registrar lo aqui dispuesto en
el Banco de Identidad de los NNA, en la pagina http://adopciones.scba.gov.ar/inscripciones.aspx,
del Registro Central de Aspirantes a Guardas con fines de Adopción de la SCJBA. REGISTRESE.
NOTIFÍQUESE electrónicamente a la Sra. Asesora de Incapaces depositándose la presente en el
domicilio electrónico sclerici@mpba.gov.ar y hágase electrónicamente via e-mail al Servicio Local
de Promoción y Protección de los Derechos del Niño» Maite Herran JUEZ.

San Justo, de Agosto de 2023.-

Publíquese por Dos Días Edictos en el periódico N.C.O de la Ciudad de San Justo, a fin de dar a
conocer la presente resolución a la progenitores afectados. El presente se encuentra exento de
pago y de sellado.

 

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