Número de edición 8410
Generales

De Haro Faustino Leonardo s/Abrigo

diarionco

DIARIO N.C.O., EDICIÓN DEL DÍA MIÉRCOLES 09 DE AGOSTO DE 2023.-

EDICTO

El Juzgado de Familia N° 3, del Departamento Judicial de La Matanza, sito en la calle Jujuy esquina Colombia !° Piso de San Justo, La Matanza; en autos caratulados «De Haro Faustino Leonardo s/Abrigo», Expte. N° LM-19368-2023, a los fines de notificar al Sr. Sanchez Mauro Daniel DNI N° 32.953.033 la siguiente providencia: «San Justo, en la fecha de suscripción digital… RESUELVO: I.- Disponer provisoriamente la LEGALIDAD DE LA MEDIDA DE ABRIGO adoptada para el niño DE HARO FAUSTINO LEONARDO, DNI 59721753, quien se encuentra cumpliendo dicha medida junto con la referente Mariela Eliana Sanchez, titular del DNI 28.181.351 en su carácter de tia paterna con domicilio sito en Ernesto Balvio 5716, Barrio El Triangulo, localidad de González Catán, Partido de La Matanza (art. 3.- 3.1 del Anexo 1 del Decreto Reglamentario 300/05, arts. 35 inc. h) de la ley 13.298, 92 y 100 de la ley 13.634, art. 3, 12 y 20 de la C.I.D.N.). II.- Procédase a efectuar la carga de datos correspondiente en el Registro Central de Aspirantes a Guardas con Fines de Adopción de la S.C.J.B.A. (Fase II) encomendando al actuario la adjunción en autos de la constancia respectiva en formato PDF. Encomendándose al organismo de destino el pedido de cambio de radicación de dichos NNA de la base de datos referida. III.- Declararme incompetente de entender en las presentes y radicar por intermedio del sistema informático al Juzgado que previno esto es el N° 3 del Fuero de Familia Departamental, para su tramitación (conf arts. 6 inc 3°, 830 y cctes. del CPCC). En caso de no compartir con el criterio aquí adoptado, se invita a elevar las presentes a la Alzada a fin de dirimir el eventual conflicto de competencia (arts. 4 y 5 del CPCC). Interin, en miras a garantizar los derechos esenciales de las personas , este Juzgado seguirá interviniendo en las presentes actuaciones hasta tanto sea aceptada su radicación.- A modo de colaboración, oportunamente, tenga a bien informar a este organismo jurisdiccional si ha aceptado la competencia declinada por la suscripta o si las mismas han sido elevadas y radicadas ante el Superior (Arg., art. 34, 36 y 196 del CPCC y 709 del CCYCN). REGISTRESE. Dése de baja las actuaciones, tómese nota en los libros de Secretaría, en los registros informáticos y póngase en conocimiento la Receptoría General de Expedientes Deptal.- NOTIFIQUESE electrónicamente al Ministerio Pupilar.» Fdo. Dra. Mariela Mercedes Di Napoli Jueza (19/05/2023).

Publíquese el presente EDICTO por el término de dos días en el Boletín Oficial y en el Diario «NCO» del Partido de La Matanza. San  Justo, en el día de la fecha.-

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