Número de edición 8395
Discapacidad

Derecho A Viajar: Transporte Nacional Y Municipal Por Discapacidad

TRANSPORTE DISPACITADOS 2

Los derechos de acceso al transporte nacional por discapacidad abarcan también al Partido de La Matanza. El acceso a los medios de transporte según las leyes y decretos pueden ser tramitados y cumplidos sin excepción.

Por: Melisa Correa

melisacorrea.prensa@gmail.com

 

Si hablamos de cosas que debemos informarnos y saber, es imprescindible leer y enterarnos, pero sobre todo cuando involucra a  los derechos de las personas con discapacidad, las cuales tienen acceso a toda ley que garantice sus derechos relacionados al transporte, más allá de tener su residencia en Capital, sino que viva también en La Matanza.

En varias ocasiones se tornó imposible mencionar el Certificado Único de Discapacidad (CUD) y las derivaciones a las que este habilita como pases de líneas nacionales, provinciales y hasta municipales a las que una persona con capacidad diferente puede acceder sin excepción. Pero en este caso, es imprescindible destacar el derecho y los beneficios que poseen estos individuos en lo referido a los transportes terrestres, fluviales y aéreos dentro y fuera del territorio nacional.

 

Derechos de transporte y desplazamiento

Las personas con discapacidad tienen derecho a viajar junto a un acompañante en ferrocarriles, ómnibus de media y larga distancia sometidos a contralor de la  autoridad nacional, mientras que para viajes de larga distancia, se debe hacer  una solicitud previa de 48 horas y en transporte público terrestre entre jurisdicciones cuyas líneas están comprendidas entre los Nº 1 al 199, avaladas por la (Ley 25.635, Decreto 38/04 y la   Ley 22.431, Decreto 914/97).

Asimismo, es sumamente importante tomar conocimiento de que todas aquellas personas que utilizan perros guías pueden viajar con los mismos, siempre que puedan presentar el Certificado de Discapacidad y acreditar que el animal se encuentra debidamente adiestrado como perro guía y ha cumplido con el período normal de contacto y adecuación mediante certificado expedido por Autoridad Competente, que su estado sanitario es bueno, y adquirió la vacuna antirrábica, indicándose la fecha de vencimiento.

Además, estos individuos pueden tramitar una credencial que les permita viajar gratuitamente junto a sus perros, la cual es de vigencia anual o por el plazo de vigencia de los certificados en el caso de que este fuera menor. En este documento deberán constar los datos personales del no vidente, el nombre del perro guía, raza a la que pertenece, fotografía tipo carnet y las fotocopias legalizadas del Certificado de Discapacidad y del D.N.I.

En este sentido, la resolución 31/2004 que expide la legalización de la documentación (Certificado de Discapacidad y D.N.I.), establece que el trámite puede realizarse con un Juez de Paz, para lo que se deberá llevar el original de ambos documentos.

El trámite se lleva adelante en la Secretaría de Transporte de la Nación, ubicada en Paseo Colón al 135, 1º piso, oficina 103, de lunes a viernes entre las 10 y las 16, o bien los solicitantes pueden comunicarse previamente a los teléfonos 4349-7116 / 7103.

 

Subterráneos

Para efectuar el trámite que no es personal y brinda la posibilidad de viajar en los subterráneos con el pase gratuito cuya duración es de 6  meses desde el primer uso, se deberá presentar el original y fotocopia de la Credencial identificatoria emitida por la Secretaría de Transporte donde conste si está avalado con o sin acompañante, certificado de Discapacidad, documento que acredite identidad (D.N.I., L.C., L.E., Cédula,  Pasaporte), además del talón adjunto, completado y firmado con letra de imprenta con todos los datos personales.

El Subtepass podrá ser utilizado de lunes a domingos y se imprimirá el vencimiento luego del primer uso y estará nominado al frente de la tarjeta con nombre, apellido y número de D.N.I, mientras que para la renovación una vez que esté vencido se tendrá que presentar la misma documentación nombrada junto al pase vencido.

 

Símbolo internacional de acceso

El símbolo Internacional de Acceso sirve para individualizar cualquier vehículo en el que se traslade a una persona con discapacidad, sin limitar su uso a un vehículo específico, con lo que se le otorga el derecho al libre tránsito y estacionamiento, el cual se encuentra regulado por la normativa de tránsito perteneciente a cada municipio.

Existen 4 tipos de símbolos específicos que son el símbolo internacional de acceso, identificatorio del automotor, símbolo para vehículo institucional y el símbolo para el exterior. En el caso del primero sirve para cualquier automotor en  que se desplace el beneficiario, el segundo avala la utilización únicamente en  un vehículo específico y se concederá a elección del beneficiario  cuando éste sea titular del auto y cuando el vehículo haya  sido adquirido bajo el régimen de franquicia impositiva sin excepción.

Además, en el caso del símbolo para vehículo institucional, sirve para individualizar un automotor propiedad de una institución asistencial o gubernamental, y en el caso del símbolo para el exterior, puede ser usado cuando el interesado desee realizar un viaje al exterior. En la misma línea, cabe destacar que para obtener el símbolo internacional de acceso y el símbolo identificatorio del automotor, el interesado debe contactarse con el Servicio Nacional de Rehabilitación (SNR), ubicado en Ramsay al 2250 o bien comunicarse a los teléfonos 4783-8144 / 9077 / 4354, o bien ingresar a la página web http://www.snr.gov.ar.

En este sentido, también está la base de Datos de Dominios de Personas con Discapacidad, cuyos requisitos fundamentales son el certificado de Uso del Símbolo en Automotores para Personas con Discapacidad y certificado de Discapacidad, los cuales pueden presentarse personalmente en la Dirección General de Administración de Infracciones, sector Mesa de Entradas, ubicada en Carlos Pellegrini al211 Piso 1º (de lunes a viernes de 9.00 a 19.00), enviarlos por fax al 4323-8000, interno 1272 (de lunes a viernes de 8.00 a 20.00) o por correo electrónico a consultasdgai@buenosaires.gob.ar.

Dichos certificados no eximen infracciones por exceso de velocidad, violación de luz roja, estacionamiento en lugares de ascenso y descenso de pasajeros, tapar rampas y ochavas, estacionamiento en todo lugar donde se pueda afectar la seguridad, visibilidad, fluidez del tránsito o se oculte la señalización, estacionamiento frente a entrada de cocheras, garajes, estaciones de servicio y playas de estacionamiento, estacionamiento frente a entrada de locales de espectáculos públicos, frente a las entradas de edificios donde funcionen comisarías y cuerpo de bomberos, además de estacionamiento sobre senda para ciclistas etc.

 

Tramitaciones

Las personas con discapacidad que deseen tramitar la exención del pago de peaje en Autopistas 25 de Mayo, Perito Moreno y Arturo Illia, según la Ley 1.893, deberán presentar cierta documentación que acredite su relación con el vehículo, ya que en el caso de que el conductor sea ese individuo, tiene que presentar original y Copia del D.N.I. con domicilio actualizado, del certificado de discapacidad, del certificado de uso de símbolos en Automotores para personas con Discapacidad, vigente otorgado por  Decreto 1.313/93 Art. 17, reglamentario de la Ley 19.279 y  sus modificatorias, de la licencia de conductor vigente y del título del automotor autorizado

En el caso de que la persona con discapacidad desee acceder al uso de los símbolos pero no sea titular y no conduzca, deberá presentar original y Copia del D.N.I. con domicilio actualizado del conductor o titular y de la licencia de conductor no vencida del conductor autorizado. En la misma línea es importante aclarar que el trámite puede ser realizado indistintamente por el beneficiario, titular o conductor, siendo la presencia de este último necesaria a fin de incorporar a la tarjeta de paso una fotografía del mismo.

Asimismo, es imprescindible tener en cuenta que este trámite se realiza con previa cita, para lo que el solicitante debe comunicarse anteriormente al 0800-666-2872, donde se le pedirá que se dirija al Centro Atención al Cliente, ubicado en Peaje Parque Avellaneda de la Autopista Perito Moreno, en el horario de 9.30 a 11.30 y de 13.00 a 15.00.

Allí, la Mesa de Entrada al recibir la solicitud deberá dejar constancia en la copia de fidelidad con el original, firma, aclaración y número, ficha o sello, mientras que devolverá los originales al recurrente. Para aquellos que deseen obtener mayor información antes de realizar el trámite, pueden comunicarse con AUSA al teléfono 0800-666-2872, o bien ingresar al sitio del lugar en http://www.ausa.com.ar.

 

Reserva de estacionamiento

Del mismo modo, existe la reserva de estacionamiento, la cual se realiza para gestionar un permiso que posibilita que las personas con discapacidad que manejan su auto, o sus familiares directos convivientes que estén encargados de su traslado, cuenten con un lugar exclusivo para estacionar el auto frente a su domicilio.

La reserva se otorga en el lugar más próximo a éste, con una distancia máxima de 100 metros, y tendrá vigencia hasta el primer vencimiento de cualquier documentación presentada, por lo que se deberá solicitar su renovación dentro del mes posterior a su vencimiento con los papeles correspondientes.

Las personas que manejan su propio vehículo, deberán acreditar el certificado de Discapacidad, de uso del Emblema Internacional (art. 12 Decreto 4.479, reglamentario de la Ley 19.279), de domicilio expedido por la Policía Federal Argentina, la licencia de conducir expedida por el Gobierno de la Ciudad de  Buenos Aires, el recibo de patente de vehículo o exención de pago, el título de propiedad del mismo y D.N.I.

En el caso de las personas que son transportadas, además se deberá presentar el título de propiedad del vehículo del conductor o beneficiario, D.N.I del conductor y documento que acredite el vínculo entre el conductor y  el beneficiario.

Finalmente, cabe destacar que el trámite se puede realizar en la Comuna más cercana al domicilio o en la Dirección General de Tránsito ubicada en Pasaje Carabelas al 286 de lunes a viernes de las 9.30 a 13.00, cuyo Teléfono es 4323-8000 interno 4040 y el correo electrónico dgtransito@buenosaires.gob.ar

Por último y para culminar, cualquier incumplimiento de las leyes o decretos mencionados en materia de transporte los perjudicados deberán comunicarse con la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, ubicada en Maipú al 88, piso 7º; o en la Estación de Retiro, oficina 130, cuyos teléfonos son 4819-3000 o gratuitamente al 0800-333-0300, o bien ingresar a la página Web www.cnrt.gov.ar http://www.cnrt.gov.ar/

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