COMUNICADO
El gobierno de Vidal presentó entre gallos y medianoches el lanzamiento del nuevo mecanismo para iniciar el trámite jubilatorio, se trata de la resolución 2009/19 que implementa la Jubilación Digital.
El nuevo sistema de iniciar el trámite que intentan presentar como un avance en los términos de “finalizar gestiones a través de la presentación de documentación en papel y pasen a ser realizadas de manera digital”, en sintonía con la “modernización del Estado”. Modernización que la docencia viene padeciendo con el sistema de licencias y el SUNA, que en la práctica entorpecen para facilitar el ajuste. Como ya viene sucediendo con los ejemplos citados, se intenta avanzar en un mecanismo que resulta lleno de imprecisiones y arbitrariedades sin que exista ninguna reglamentación ni instructivo por parte del IPS.
Este trámite se realizará a través de la hoja de vida que figura en la Plataforma ABC, la cual es inexacta (faltan datos, hay imprecisiones sobre las altas y ceses y sobre las licencias) por lo tanto lejos de agilizar el trámite lo entorpece ya que pretende que seamos los trabajadores de la educación quienes debemos rectificar esos datos a través del envío de documentos en formato PDF para resolverlo (de igual manera se constatarán los aportes de Anses y escuelas privadas), cuando es nuestro empleador quién debería proporcionarnos nuestra historia laboral en perfecto estado. Este sistema tampoco contempla a aquellos compañeros que tienen toda su hisroria laboral en DIPREGEP, quienes se verían imposibilitados de realizar la carga.
Este nuevo sistema es presentado como “en 3 meses se obtiene el beneficio jubilatorio” sin embargo vulnera el derecho a la renuncia ordinaria con fecha de cese propuesta por el docente. Entonces lo que se presenta como un trámite con resolución en 3 meses resulta difícil llevarlo adelante teniendo en cuenta las dificultades, no sólo en la carga sino también en relación a la tardanza actual de los expedientes. Un compañero que se jubila hoy, tarda en recibir su Código Jubilatorio y la Retribución Especial (en el caso de tener 25 años de servicios en la DGCyE) como mínimo cuatro años; lo mismo sucede con los códigos por arreglo, rectificaciones del mejor cargo; liquidación de retroactivos; reajustes por segundo cargo; y la falta de una correcta articulación entre la DGCyE y el IPS, que da como resultado una ineficiencia que al día de hoy no está saldada.
Frente a la pretensión del gobierno de Vidal de convertir a Jubilación Docente en un laboratorio para las modificaciones de la modalidad jubilatoria al FUDB no le quedó mas remedio que presentar una “impugación” a la resolución 2009/19 y al decreto 241/18 al Director de la DGCyE, Sanchez Zinny sobre la implementación de la Jubilación Digital.
Exigimos:
- Corrección y actualización de la hoja de vida con los datos existentes en contralor, liquidaciones y demás oficinas de la DGCyE.
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Oficinas territoriales dispuestas por la DGCyE para consultas y asesoramiento directo y personal.
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Se respete el artículo 72 de la ley 9650/80 sobre la modalidad de Cese Ordinario dispuesto por el docente.
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Sostenimiento de las modalidades de Jubilación Automática Docente y Jubilación Ejecutiva.
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Se resuelvan de inmediato todos los expedientes con mora.
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Rechazamos cualquier tipo de modificación en la tramitación que pueda interpretarse directa o indirectamente como un cambio en los derechos y condiciones jubilatorias.
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Defensa de la ley 9650/80. El IPS no se toca.
CONSEJO EJECUTIVO SECCIONAL- SUTEBA MATANZA
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