Número de edición 8322
Fototitulares

A favor de los hijos: debía 200 mil pesos de cuota alimentaria y no pudo salir del país

Un empresario cordobés quiso viajar a New York para vacacionar con su mujer y sus dos hijas menores, pero la Justicia impidió su salida debido a que debía más de un año y medio de la alimentos de su hija mayor, producto de otro matrimonio. 

La Justicia argentina comenzó a aplicar castigos ejemplificadores con el objetivo de evitar que los padres y madres que deban pagar cuota alimentaria se atrasen con la misma. Es por ello que un empresario cordobés que había decidido vacacionar con su nueva mujer y sus dos hijas menores en New York, no pudo salir del país debido a que tenía una deuda de 200 mil pesos en alimentos para con su hija mayor, producto de un matrimonio anterior.

Al momento de abordar el avión que partiría rumbo a Estados Unidos, un agente de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) le informó que debido a la abultada suma -producto de una mora de más de un año y medio- no podría abandonar el suelo argentino.

El hombre quiso cancelar el total de la deuda a través de una ventanilla en el banco, pero allí sólo le aceptaron 30 mil pesos. También intento realizar una transferencia electrónica, la cual se terminó acreditando varios días después; motivo por el cual el empresario pudo viajar a New York seis días más tarde de lo que esperaba y reencontrarse allí con su familia.

Además, desde el Juzgado de Familia le exigieron que mostrara voluntad de pago a futuro, por lo cual -después de pagar la deuda completa- abonó otros 12 meses por adelantado.

Según explicó la abogada de la exesposa del empresario, Diana Mezzano, al diario La Voz del Interior, le habían pedido a la Justicia que se lo incluyera en el registro de deudores alimentarios y le prohibiera salir del país, durante el mes de diciembre. Pero como los oficios que se libran a Migraciones para evitar el paso por fronteras y a la PSA por los viajes aéreos no se comunican a la contraparte, el incumplidor se encuentra con la sorpresa recién cuando está a punto de abordar el avión.

Una historia que se repite

Esta no es la primera vez que la Justicia debe recurrir a este tipo de iniciativas para lograr que los deudores paguen las cuotas alimentarias de sus hijos. Tal es así que en la Provincia de Buenos Aires un fallo le prohibió a un hombre ingresar al San Isidro Club (SIC), debido a que debía más de 800 mil pesos de alimentos a sus tres hijos de 14,16 y 21 años.

En la sentencia de esa causa, los magistrados que llevaron adelante el caso explicaron que dado “que el artículo 553 del Código Civil y Comercial deja abierta la creatividad de los operadores jurídicos en proponer aquellas medidas que puedan resultar idóneas para que el deudor alimentario cumpla, considero que la medida cuestionada (la de prohibir el ingreso al club) resulta razonable”.

Otro caso similar es el de un hombre al cual la Justicia lo penó con la imposibilidad de asistir como hincha a los partidos que juegue Talleres de Córdoba, ni a los bailes de cuarteto de los grupos “Sabroso” y Damián Córdoba, debido a que no pasaba regularmente desde hace casi tres años la cuota alimentaria de su hija.

La decisión fue ordenada por el juez Gabriel Tavip, quien ordenó la medida, quien le aseguró a diversos medios que se trata de una medida que inducirá al deudor a “rever el incumplimiento de la cuota alimenta y pueda empezar a cumplir” y detalló que el Código Civil y Comercial “implementado hace tres años le da facultad al juez para que en cada caso pueda tomar la medida adecuada; por eso tenemos que buscar, y que las partes nos digan a los jueces a dónde les va a apretar más el zapato a los incumplidores, es una justicia de los casos particulares, no una justicia general”.

FOTO: Clarín

Publicaciones relacionadas

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Botón volver arriba

Descubre más desde

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo

Descubre más desde

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo